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nov 21, 2024 04:38

SUBDIRECTOR OPERATIVO (E)

SUBDIRECTOR OPERATIVO (E)
SUBDIRECTOR OPERATIVO (E)

martes, 20 de junio de 2023

CR.(R) RICARDO ALFREDO CORONADO AVELLA


[email protected]


(601)3199000 Ext 198


 De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2087 de 2017, las funciones de la Subdirección Operativa son:



  • Asesorar a la Dirección General en la determinación de planes y programas relacionados con la gestión técnica y operativa de la Entidad.

  • Coordinar con las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y las entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, todo lo relacionado con la gestión del riesgo de desastres a nivel territorial y nacional, para el desarrollo de los planes y programas de la Defensa Civil Colombiana. 

  • Dirigir, supervisar y coordinar las actividades de las Direcciones Seccionales de la Defensa Civil Colombiana en lo referente a la gestión del riesgo de desastres, desarrollo de programas de gestión ambiental y acción social. 

  • Dirigir los procesos relacionados con la selección, incorporación, dotación y seguro de los voluntarios de acuerdo con las políticas, normas y reglamentos que emita la Dirección General. 

  • Dirigir la elaboración, ejecución y evaluación de los planes de gestión del riesgo de desastres. 

  • Realizar las coordinaciones necesarias para la movilización operativa a nivel nacional. 

  • Dirigir y controlar la operación de las telecomunicaciones de la entidad en apoyo de la gestión del riesgo de desastres. 

  • Representar a la Entidad en los Comités y en las Comisiones Técnicas Asesoras de los Comités del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, cuando sea del caso. 

  • Representar por delegación a la Entidad en el Comité Nacional para el Manejo de Desastres. 

  • Consolidar informes operativos del funcionamiento de las Direcciones Seccionales, para presentación a la autoridad competente o quienes lo requieran. 

  • Conocer y fallar en primera instancia las investigaciones administrativas por pérdida o daño de bienes de la Entidad. 

  • Participar en el Sistema Institucional de Control Interno. 

  • Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.

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